Mandato constitucional: exigen concursar cargos en Educación

El 11 de octubre de 2008 terminó de sesionar la Asamblea General Constituyente de la Provincia  y dejó sancionada la reforma de la Constitución. La nueva versión incorporó en su artículo 36° una cláusula que prohíbe de forma expresa  que los directores departamentales de Escuelas sean designados en forma directa por el Poder Ejecutivo, sin concurso.

“La ley determinará las condiciones para los ingresos y ascensos y establecerá los funcionarios políticos sin estabilidad que podrán ser designados sin concurso. No podrán incluirse entre éstos los cargos de directores de hospitales y directores departamentales de escuelas”, dice la Constitución.

Pero ese apartado jamás se reglamentó. En once años, nunca se aplicó.

La Asociación Gremial del Magisterio de Entre Ríos (Agmer) ha reclamado en la última década la instrumentación de los concursos para la designación de los directores departamentales de Educación.

Al planteo ahora se sumó la seccional Nogoyá, que exigió que “se reglamente el artículo 36 de la Constitución Provincial y se arbitren los medios para que el cargo de director departamental de Escuelas sea definido por concurso público y abierto, respetando el escalafón docente, la preparación profesional y de antecedentes”.

“Lamentablemente -señalaron desde el gremio-, la designación del director/a dentro del ámbito escolar es una designación directa, que comúnmente le llamamos a dedo. No hay previsto ninguno de los sistemas que tenemos los trabajadores de la educación para poder ingresar, no hay listado, no hay concursos, no hay una recopilación de los antecedentes de quienes van a ocupar ese lugar. Se hace en función de la voluntad política de quienes conducen las distintas departamentales y la provincia de Entre Ríos”.

Y agregaron: “En tal sentido, desde la sanción de la Constitución en el año 2008 venimos reclamando como sindicato que sea por concurso. Las instituciones educativas son un ámbito de formación de estudiantes, donde hay niños, adolescentes, personas adultas y todos los que trabajan dentro del establecimiento tienen que tener en claro cuál es el mecanismo de ingreso y cómo debe realizarse”.

Para nosotros, como trabajadores de la Educación, es un profundo dolor que no se haya podido reglamentar el Régimen Jurídico Básico, que no se hayan podido solucionar los problemas más acuciantes en relación a cómo se designa el Director Departamental como también el personal de ordenanza de las Instituciones, tanto los directivos como la comunidad educativa son rehenes de la voluntad discrecional de algún funcionario político del momento para designar quiénes se van a desempeñar y realmente eso no corresponde.

Desde Agmer Nogoyá resaltaron que “es una enorme falencia la no reglamentación de las mecánicas de ingreso para poder transitar dentro del sistema educativo, esto permite seguir manteniendo un sistema retrogrado de clientelismo y política barata de un pasado que solo algunos políticos y funcionales al gobierno quieren volver”.

De la Redacción de Entre Ríos Ahora.

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